Actividad Bancaria
Art. 2.- Para los propósitos de esta Ley, serán bancos aquellas instituciones que actúen de manera habitual en el mercado financiero, haciendo llamamiento al público para obtener fondos a través de depósitos, la emisión y colocación de títulos valores o cualquier otra operación pasiva, quedando obligados directamente a cubrir el principal, intereses y otros accesorios, para su colocación en el público en operaciones activas.
CONCEPTOS BASICOS:
BANCO: Doctrinalmente hablando un banco es toda sociedad anónima especial que, autorizada en la forma indicada por la ley "se dedique a captar o recibir en forma habitual dinero o fondos del público, con el objeto de darlos en préstamo, descontar documentos, realizar inversiones, proceder a la intermediación financiera, hacer rentar estos dineros y, en general, realizar toda otra operación que la ley le permita".
MERCADO FINANCIERO: Corresponde al área de mercados en que se oferta y se demanda dinero, instrumentos de crédito y acciones al momento de su emisión (mercado primario) o en sus posteriores etapas de intermediación financiara (mercado secundario).
COMENTARIO:
Este Artículo es más académico que de orden tradicional, es decir, la ley no sólo manda prohíbe o permite, sino que también define, en este caso, además se cuenta con la figura legal de la ejemplificación, permitiéndose dar algunos ejemplos para que didácticamente se comprenda lo que debe entenderse por una institución Bancaria.
En primer lugar se delimitan los requisitos esenciales que una institución debe cumplir para poderse acreditar el concepto de Banco.
1.- En primer lugar, ser una institución y con ello la ley indica que no pueden funcionar como Bancos las personas naturales, sino que con el concepto de institución se recalca el carácter societal de un Banco.
2.- Habitualidad en las transacciones en el mercado financiero, incorporando aquí la característica general de las asociaciones y empresas mercantiles de dedicarse habitualmente al comercio y no de manera esporádica, al ser una especialidad de la empresa mercantil, el Banco también debe poseer esta característica relacionada a su actuar comercial especial en un sector en particular, como lo es, el mercado financiero, es decir, el Banco comercia no con mercancías sino con dinero, fuera de esos sus operaciones son prácticamente equiparables a las mercantiles con las especialidades requeridas de acuerdo al objeto de sus transacciones.
3.- Obtener fondos del público, es decir, captar fondos del público lo cual es la esencia del sistema bancario, como dice Joaquín Rodríguez Rodriguez, no tendría sentido aprobar una ley que impidiera que el Banco obtuviese su principal fuente de ingreso de la captación de fondos para luego reutilizarlos en sus operaciones activas.
4.- Obligación de restituir el fondo captado del público más los intereses y otros fondos accesorios, con esta característica se deja en claro la responsabilidad bancaria para con el cliente a quien debe entregar no sólo el mismo capital recibido sino también el interés cuyo mínimo ha de ser normado constantemente.
5.- La realización de operaciones activas.
Al cumplirse estas cinco características esenciales se esta en presencia de una empresa que legalmente y en doctrina se conoce como Banco.
Las Operaciones Bancarias son aquellas operaciones de crédito practicadas por un banco de manera profesional, como eslabón de una serie de operaciones activas y pasivas similares. La clasificación de estas operaciones de acuerdo al sujeto de cesión del crédito es la siguiente:
· Activas: Cuando el Banco otorga el crédito (préstamos, descuentos, anticipo, apertura de créditos, etc.), el banco puede entregar dinero bajo diversas condiciones (con garantías o sin ellas).
· Pasivas: Son aquellos fondos depositados directamente por la clientela, de los cuales el Banco puede disponer para la realización de sus operaciones de activo. Están registrados en el lado derecho del Balance de Situación; siendo el caso inverso de las cuentas de activo, ya que los saldos de estas cuentas, aumentan con transacciones de CRÉDITO y disminuyen con las de DEBITO. La captación de Pasivo, es de gran importancia para todo banco, ya que supone las actividades que realiza una institución Bancaria para allegarse dinero, esencialmente del público en general. Para que un Banco pueda desarrollarse, es necesario que adquiera depósitos, pues sin estos es imposible crear una reserva suficiente que le ayude a colocar estos fondos en préstamos e inversiones que le generen dividendos, y que le permitan hacer frente a las demandas de retiro de dinero en efectivo, solicitado por sus clientes.
Nota: Este artículo se interpreta auténticamente en el sentido de que la prohibición para el uso de las expresiones "Banco" y "Financiera" se refiere únicamente a su utilización como sustantivo, para denominar a tales instituciones; dicha prohibición no es aplicable al uso de este término en su carácter genérico, como adjetivo, para denominar la actividad a la que se dedican. D.L. Nº 814, del 6 de enero de 2000, publicado en el D.O. Nº 31, Tomo 346, del 14 de febrero de 2000. Por D.L. No. 849, del 16 de febrero de 2000, publicado en el D.O. No. 65, Tomo 346, del 31 de marzo de 2000, la anterior interpretación auténtica queda sin efecto. (Art. 186 LEY DE INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIO).